Listado de Auditorías operativas de Febrero de 2016

Título de la auditoriaEntidad que efectuó la auditoríaMateriaFecha de inicio de la auditoríaFecha de término de la auditoríaInicio Período auditado (dd/mm/aaaa)Fin Período auditado (dd/mm/aaaa)Respuesta del ServicioFecha PublicaciónEnlace al informe final de auditoría
CONTROL LEGAL Y ADMINISTRATIVO DE REMUNERACIONES DEL AÑO 2015DIRECCIÓN DE CONTROL, DEPARTAMENTO DE AUDITORIA OPERATIVALa ley establece que se deberá destinar al gasto en personal municipal cómo máximo un 35% de los Ingresos Propios Permanentes (IPP). Estos IPP no consideran los ingresos provenientes del Fondo Común Municipal (FCM) ni de Otros Ingresos Propios (OIP) considerados ingresos variables. A su vez, el gasto total destinado a modalidad Contrata y Honorarios no pueden exceder en un 20% y en un 10% del gasto total de la Planta respectivamente.1/2/162/11/161/1/1512/31/15No aplica3/5/16Enlace
CUMPLIMIENTO DE METAS 2015DIRECCIÓN DE CONTROL, DEPARTAMENTO DE AUDITORIA OPERATIVASegún lo establecido por la Ley Nº 19.803, sobre la Asignación de Mejoramiento de la Gestión Municipal , y que a través de su Artículo 8º, indica que será la Dirección de Control de cada Municipio el encargado de informar el cumplimiento de Gestión Institucional a través del desempeño colectivo1/2/162/11/161/1/1512/31/15No aplica3/5/16Enlace
TRANSFERENCIAS AL SECTOR PRIVADO 2015DIRECCIÓN DE CONTROL, DEPARTAMENTO DE AUDITORIA OPERATIVAArtículo N° 4, ley 18.965, señala lo siguiente: Las municipalidades, en el ámbito de su territorio, podrán desarrollar, directamente con otros órganos de la Administración del Estado, funciones relacionadas con: La educación y la cultura; La salud pública y la protección del medio ambiente; La asistencia social y jurídica; La capacitación, la promoción del empleo y el fomento productivo; El turismo, el deporte y La recreación; El desarrollo de actividades de interés común en el ámbito local. Entre otros. Señalado lo anterior la Municipalidad realiza transferencias a diversas organizaciones como aportes a la comunidad con recursos provenientes del Subtítulo 24 “Transferencias Corrientes”, Ítem 01 “Al Sector Privado”, destinados principalmente a programas sociales, voluntariados, personas jurídicas privadas y subvenciones. Estas últimas se rigen a través de la Ordenanza Municipal N° 13. “Sobre Subvenciones Municipales”.6/1/152/4/161/1/148/31/15No aplica3/5/16Enlace

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